El 22 de junio, la Secretaría de Participación Ciudadana aceptó la iniciativa Nº 2.967 presentada por la Fundación Libera. Ahora, desde el 23 de junio hasta el 7 de julio, se abre el período para recolectar firmas dado que, para que una iniciativa sea discutida en el Consejo Constitucional, es necesario recibir al menos 10.000 firmas con Clave Única, provenientes de al menos cuatro regiones del país.
La Fundación Libera presentó una iniciativa popular de ley Nº 2.967 para prohibir esclavitud en todas sus formas, y esta fue aceptada el pasado 16 de junio. El objetivo es que este compromiso, con el principio fundamental de la libertad y dignidad de todas las personas, quede consignado en la nueva carta magna, asegurando así relaciones justas y un cuidado mutuo para todos los individuos.
Ahora, desde el 23 de junio hasta el 7 de julio, se abre el período para recolectar firmas dado que, para que una iniciativa sea discutida en el Consejo Constitucional, es necesario recibir al menos 10.000 firmas con Clave Única, provenientes de al menos cuatro regiones del país.
Firma en el siguiente link:
Actualmente, el Artículo 16.03 de la Constitución indica:
“La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley y a la no discriminación. Ni la ley ni la autoridad podrán establecer diferencias arbitrarias. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre.
Se prohíbe toda forma de discriminación, directa o indirecta. Los poderes públicos, en sus actuaciones, deberán tener especialmente en consideración la confluencia de más de un motivo de diferencia arbitraria.
Para que este derecho se realice, el Estado deberá adoptar las medidas apropiadas y los ajustes razonables que sean necesarios”.
Ante esto, la iniciativa propone el siguiente texto:
“La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley y a la no discriminación. Ni la ley ni la autoridad podrán establecer diferencias arbitrarias. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. Se prohíbe la esclavitud, el trabajo forzado, la servidumbre y la trata de personas en cualquiera de sus formas.
Se prohíbe toda forma de discriminación, directa o indirecta. Los poderes públicos, en sus actuaciones, deberán tener especialmente en consideración la confluencia de más de un motivo de diferencia arbitraria.
Para que estos derechos se realicen, el Estado deberá adoptar las medidas apropiadas y los ajustes razonables que sean necesarios”.
¿Cuál es el fundamento de la iniciativa?
Los seres humanos somos libres. Pero vivimos en un mundo donde la esclavitud sigue existiendo. Tiene nuevos nombres, pero es la misma de milenios atrás. La propuesta original da por sentado una realidad que no es tal. En Chile si hay personas que se encuentran bajo alguna forma de esclavitud contemporánea y es necesario reforzar su prohibición. La Constitución debe prohibir expresamente la esclavitud y todas sus formas modernas: el trabajo forzado, la servidumbre y la trata de personas con fines de explotación, fortaleciendo el mandato estatal de prevenir, combatir y remediar estos crímenes y graves violaciones a los derechos humanos, que afectan no solo a las víctimas, sino a toda la sociedad pues corrompen las instituciones y los lazos cívicos entre las personas.
La esclavitud moderna, manifestada en la trata de personas, el trabajo forzado, la servidumbre, la explotación sexual, la venta de niños, entre otras, corresponden a prácticas transversales, sistemáticas, que inundan los mercados y la sociedad. Se estima que 50 millones de personas a nivel mundial están sometidas a algún tipo de esclavitud (OIT, 2022). Chile no es la excepción. En el periodo 2011-2022 las estimaciones oficiales hablan de 347 víctimas (Ministerio del Interior, 2022). Las estimaciones del Global Slavery Index 2023 hablan de 61.000 víctimas. Los números no calzan. Estamos dejando a mucha gente abandonada y sujeta a explotación, la que a su vez es naturalizada por el Estado y la sociedad.
Tanto los agentes del Estado como los ciudadanos y empresas contribuyen de manera directa o indirecta en la existencia de personas sometidas a explotación, que encuentran limitado su acceso a la justicia y que se ven afectados en sus derechos humanos. Esto se ha visto acrecentado por la crisis migratoria y recesión económica mundial. En estos momentos en el país hay una comunidad vulnerable y disponible para ser explotada, los migrantes irregulares, quienes se han transformado en personas sin valor, no reconocidas como iguales ni por el Estado ni por sus empleadores. Esto ha ocurrido y sigue ocurriendo con chilenos vulnerables en el mundo rural, indígena y de regiones aisladas. Las formas de esclavitud moderna están ocurriendo en la economía lícita: los casos se han dado en el sector de servicios, agricultura, pesca, construcción.
Chile requiere restablecer como una regla fundamental la prohibición de esclavitud y de todas sus formas modernas, reafirmando el compromiso con un mundo en que los seres humanos no seamos nunca objetos, sino sujetos libres y dignos en relaciones justas e igualitarias, y consolidar un principio de aplicación e interpretación de la ley que regule, guíe y oriente el actuar del Estado y se imponga a todas las personas y al Estado como regla de convivencia básica y fundacional, e inspire y guía a las presentes y futuras generaciones.